No más espionaje intrafamiliar. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México avaló un fallo en torno a que ninguna persona t...
No más espionaje intrafamiliar.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México avaló un fallo en torno a que ninguna persona tiene derecho a revisar el correo electrónico o las cuentas de comunicación ajenas sin la autorización de la persona dueña de dicho perfil.
Ahora ninguna persona podrá revisar la información del celular o cuenta electrónica de su pareja o familiar. Entre este tipo de información destacan mensajes de texto, mensajes de WhatsApp, Facebook, Twitter, Messenger, Instagram, Hotmail, Gmail u otro tipo de plataforma de comunicación.
"Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena", detalló la SCJN en un comunicado oficial.
No se podrá revisar información ajena de WhatsApp, Facebook, Twitter, Instagram, Hotmail, Gmail o de cualquier otra plataforma de comunicación (Foto: Archivo)
El fallo se dio luego de analizar el caso de un hombre que imprimió correos electrónicos de su esposa para usarlos como prueba de que le estaba siendo infiel y así obtuviera el divorcio y la custodia de sus hijos.
Todo se remonta a un caso del año 2007 cuando este hombre imprimió más de 300 correos electrónicos de la cuenta Hotmail de su entonces pareja para comprobar el adulterio con el instructor de golf de la unidad habitacional. En el juicio de divorcio las pruebas obtenidas ilegalmente fueron desechadas.
"En definitiva, todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas", precisó el ministro.
Suprema Corte
✔@SCJN
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
Entonces y luego del fallo del poder judicial, bajo ningún concepto, tu pareja o cualquier persona pueden revisar tus comunicaciones de cualquier plataforma.
Las redes sociales en la dinámica familiar
Mark Keenan, director de Divorce-online (despacho de abogados), reveló que el 20% de los casos de divorcio que atiende cita a Facebook como la principal causa de la ruptura.
No son pocos los casos que se han registrado de violencia y acoso en México, que han utilizado las redes sociales como medio. El espionaje es una de las nuevas formas de conflicto intrafamiliar.
Karla Mar Loredo, directora de Atención a la Mujer en Altamira, dijo a Milenio que la violencia dentro del primer círculo familiar de las personas se ha incrementado en redes sociales.
"Se han registrado cinco casos, donde las parejas aprovechan el Facebook para insultar humillar o exponer a sus cónyuges o concubinos", dijo.
El espionaje es otra de las formas de intimidar a una pareja.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México avaló un fallo en torno a que ninguna persona tiene derecho a revisar el correo electrónico o las cuentas de comunicación ajenas sin la autorización de la persona dueña de dicho perfil.
Ahora ninguna persona podrá revisar la información del celular o cuenta electrónica de su pareja o familiar. Entre este tipo de información destacan mensajes de texto, mensajes de WhatsApp, Facebook, Twitter, Messenger, Instagram, Hotmail, Gmail u otro tipo de plataforma de comunicación.
"Para salvaguardar el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, se determinó que está prohibido grabar, almacenar, leer o registrar, sin el consentimiento de los interlocutores, una comunicación ajena", detalló la SCJN en un comunicado oficial.
No se podrá revisar información ajena de WhatsApp, Facebook, Twitter, Instagram, Hotmail, Gmail o de cualquier otra plataforma de comunicación (Foto: Archivo)
El fallo se dio luego de analizar el caso de un hombre que imprimió correos electrónicos de su esposa para usarlos como prueba de que le estaba siendo infiel y así obtuviera el divorcio y la custodia de sus hijos.
Todo se remonta a un caso del año 2007 cuando este hombre imprimió más de 300 correos electrónicos de la cuenta Hotmail de su entonces pareja para comprobar el adulterio con el instructor de golf de la unidad habitacional. En el juicio de divorcio las pruebas obtenidas ilegalmente fueron desechadas.
"En definitiva, todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas", precisó el ministro.
Suprema Corte
✔@SCJN
Sustraer o apoderarse de correos electrónicos ajenos, sea entre cónyuges o miembros de la misma familia, es contrario al derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
Entonces y luego del fallo del poder judicial, bajo ningún concepto, tu pareja o cualquier persona pueden revisar tus comunicaciones de cualquier plataforma.
Las redes sociales en la dinámica familiar
Mark Keenan, director de Divorce-online (despacho de abogados), reveló que el 20% de los casos de divorcio que atiende cita a Facebook como la principal causa de la ruptura.
No son pocos los casos que se han registrado de violencia y acoso en México, que han utilizado las redes sociales como medio. El espionaje es una de las nuevas formas de conflicto intrafamiliar.
Karla Mar Loredo, directora de Atención a la Mujer en Altamira, dijo a Milenio que la violencia dentro del primer círculo familiar de las personas se ha incrementado en redes sociales.
"Se han registrado cinco casos, donde las parejas aprovechan el Facebook para insultar humillar o exponer a sus cónyuges o concubinos", dijo.
El espionaje es otra de las formas de intimidar a una pareja.